CAARD

Árbitro de Emergencia

Medidas cautelares urgentes en 72 horas

¿Qué es el Arbitraje de Emergencia?

El procedimiento de Árbitro de Emergencia permite a las partes obtener medidas cautelares o provisionales urgentes antes de la constitución del tribunal arbitral ordinario.

Este mecanismo está diseñado para situaciones donde la demora en la adopción de medidas podría causar un perjuicio irreparable a la parte solicitante.

El Árbitro de Emergencia es designado dentro de las 24 horas siguientes a la admisión de la solicitud y debe pronunciarse en un plazo máximo de 15 días.

Proceso del Árbitro de Emergencia

1

Solicitud (Día 0)

Presentación de la solicitud con documentación de urgencia y pago de tasa.

2

Admisión (24 horas)

Evaluación de procedencia y designación del Árbitro de Emergencia.

3

Traslado (48 horas)

Notificación a la contraparte para presentar alegatos.

4

Audiencia (Opcional)

El árbitro puede convocar audiencia virtual si lo considera necesario.

5

Decisión (15 días máx)

Emisión de la orden provisional con carácter vinculante.

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Nuestro equipo está disponible 24/7 para atender solicitudes de emergencia.

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